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    Código de la propiedad

    FHO5558339

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Características del inmueble

Superficie total
1044 m²
Acceso
Otro
Expensas
70000 ARS

Descripción

Campo Grande Club de Campo está ubicado en un lugar privilegiado rodeado de otros countries, barrios privados y centros comerciales.


El antiguo campo de pastoreo que perteneció a don ángel Ferrari comenzó su transformación a mediados de los ochenta.


Las 80 has. a las que se accedía por caminos rurales, se fueron convirtiendo poco a poco en lo que es hoy Campo Grande Club de Campo: 350 lotes desde 800m2, aptos para escrituración inmediata y 41 hectáreas destinadas a espacios comunes hacen de Campo Grande uno de los barrios con más espacios libres y con mayor superficie para disfrutar en todas las épocas del año.


INFRAESTRUCTURA
Altos de Campo Grande se destaca por su amplia infraestructura. Cuenta con: Cancha de golf de 9 hoyos par 36 - Pileta Semiolimpica cubierta y climatizada Polideportivo cubierto con vestuarios, cancha de basquet, voley, futsal y gimnasio. House deportivo. 3 canchas de tenis. Cancha de fútbol 11. Senda aeróbica. Kinder garden. Y muchas otras propuestas más.


AMENETIES Y SERVICIOS
9 hoyos de golf par 36 
5 canchas de tenis, Canchas de futbol, voley, jockey, gimnasio
2 piletas de natación
Club House
Vigilancia permanente
Gas naturaL - Luz 
Cloacas - Agua corriente
Telefonía - ADSL - TV por cable 








CPI Matrícula No 4987 /CMCPSI No6595 AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general No 2371 de la AFIP (pedido de COTI).

TITULO I - "CODIGO DE OFERTA DE TRANSFERENCIA DE INMUEBLES"

A - RESPONSABLES OBLIGADOS

Contraer Artículo 3 Texto vigente según RG AFIP No 5220/2022:

ARTICULO 3o.- Los sujetos incluidos en el Artículo 1o, en adelante "titular o condómino de bienes inmuebles", se encuentran obligados a obtener el "Código de oferta de transferencia de inmuebles" (COTI), cuyo modelo se consigna en el Anexo II de la presente, con carácter previo a la ocurrencia de alguno de los siguientes actos, el primero que suceda: negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, sea cual fuera su forma de instrumentación, cuando el precio consignado en alguno de los actos aludidos o la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate cualquiera de dichos valores, resulte igual o superior a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) (3.1.).

Tratándose de la negociación, oferta o transferencia de la parte indivisa de un bien inmueble, la obligación de obtener el "Código de oferta de transferencia de inmuebles" (COTI) se configurará cuando el precio consignado en cualquiera de dichos actos o los valores proporcionales correspondientes a la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor proporcional correspondiente al valor fiscal vigente del bien inmueble, resulten igual o superior a la suma indicada en el párrafo precedente.

La solicitud del "Código de oferta de transferencia de inmuebles" (COTI) se efectuará individualmente por cada bien inmueble o por uno de ellos (3.2.), a cuyos fines deberán suministrarse los datos que se detallan en el Anexo III.

En los actos de negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles que se realicen en conjunto vgr. bienes inmuebles rurales, bienes inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o de pre horizontalidad que incluyan unidades complementarias (3.3.), bienes inmuebles que se transfieran conjuntamente con acciones o cualquier otro título representativo de superficies comunes (3.4.), transferencia de un conjunto de inmuebles rurales o urbanos que resulten contiguos o no, la obligación establecida en el primer párrafo queda configurada cuando el precio consignado o la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven su transmisión o el valor fiscal vigente del bien inmueble, considerado en su conjunto, resulte igual o superior al monto indicado en el mismo (3.5.).

En caso de tratarse de operaciones de leasing inmobiliario, el valor de oferta, negociación o transferencia a considerar, a los efectos previstos en el primer párrafo, resultará de la sumatoria de los cánones correspondientes al plazo total del contrato y del precio fijado para el ejercicio de la opción de compra, debiendo solicitarse el "Código de oferta de transferencia de inmuebles" (COTI) al momento de efectuarse la transferencia.

Modificado por: Resolución General N 5220/2022 Articulo N 6.