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Descripción

Terreno en Venta


Ubicación: Barragán 1000 - Ciudadela - Partido de Tres de Febrero


Superficie Terreno: 250m2
Frente: 10m
Fondo: 25m


Cuenta con una Superficie Cubierta: 123m2

3 Ambientes

2 Habitaciones
1 Baño Completo
Cocina
Living Comedor
Pasillo de distribución
Lavadero

Exterior:
Terraza con habitación
Parque con parrilla
Galpón

Zonificación: Industrial 2b

USOS PREDOMINANTES Serán predominantes en esta zona los siguientes usos: industrias, talleres, y depósitos, clases 2 a 6.

USOS COMPLEMENTARIOS: Serán complementarios en esta zona los siguientes usos: Residencial, en las parcelas en que se radiquen industrias se podrá construir una sola unidad de vivienda y las viviendas que se edifiquen en parcelas libres de industrias se ajustarán en todo lo establecido para la zona R2C.- Comercio y servicios diarios, establecimientos educacionales, preescolares y primarias, centros de salud y salas de primeros auxilios, templos , seguridad y establecimiento.

USOS CONDICIONADOS: CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO 51 Se considerarán usos condicionados aquellos que no concuerden con las características del distrito pero que se admiten por constituir hechos existentes. En los edificios destinados a un uso condicionado se podrán llevar a cabo obras de mantenimiento pero no se podrán realizar ampliaciones.- Cuando un edificio de uso condicionado quede vacante por mudanza, podrá ser ocupado por otro uso aún cuando éste no concuerde con las normas vigentes, si de ello se desprende una mejora en el uso de mismo a juicio de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

SUBDIVISIÓN DE LA PARCELA Para todo nuevo parcelamiento el lado mínimo será de 15 metros y una superficie mínima de 375 m2.- 5.6.4.6. DISPOSICIONES PARTICULARES Tejido Urbano: Cumplirá con las disposiciones de la sección 4 de acuerdo a: F.O.S. máximo = 0,60 F.O.T. máximo = 0,9 Para destino residencial se respetarán los índices de R2c.- Altura máxima: Para industria no podrá superar un plano límite horizontal de 9,50 m.- Para vivienda deberá respetar la relación: R = h/d = 1,5 Fondo libre: Cumplirá las disposiciones de la sección 4. art. 4.2.3.- Estacionamiento: se deberá prever una superficie cubierta ó descubierta mayor ó igual al 10%

MOLESTIAS OCASIONADAS POR LAS INDUSTRIAS Las maniobras de carga y descarga, tratamiento de efluentes, ruidos, vibraciones y demás molestias ocasionadas por la industria, se solucionarán dentro de la parcela.-

SERVICIOS PÚBLICOS IMPRESCINDIBLES. Se establecen como servicios públicos imprescindibles pavimento, desagües pluviales, desagües cloacales, recolección de residuos, alumbrado público y domiciliario, gas, teléfono público.
SERVICIOS PÚBLICOS COMPLEMENTARIOS. Se establecen como servicios públicos complementarios: red de teléfonos domiciliarios y agua corriente.-

Dadas las características de esta zona y teniendo en cuenta que cierto tipo de industrias pueden llegar a ser incompatibles con la vivienda la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a través de sus organismos hará un estudio particularizado para las industrias clase 2, 3 y 4 previo al otorgamiento de la Radicación, en la cual se evaluarán los grados de molestias, efluentes, medidas de saneamiento ambiental y CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO 52 emplazamiento en todo de acuerdo a las normas nacionales, provinciales y/o municipales, los que de superar a criterio de la Secretaría las medidas admitidas y/o puedan ocasionar molestias graves a terceros implicarán la denegatoria del otorgamiento de la Radicación no conformando el certificado de Uso.


Puntos de Interés:

A 400m de la Av. General Paz
A 1k de la Autopista Acceso Oeste


Se escucha oferta de contado


Tenemos más propiedades disponibles, no dudes en CONTACTARNOS Las superficies son aproximadas, la definitiva surgirá del estado parcelario que realice el agrimensor.

Corredor Responsable: Martín Dambolena CMCPDJMGR 205 - CUCICBA 7176
Martillero: Martín Dambolena CMCPDJMGR 205 - CUCICBA 7176