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Descripción

ACEPTO EN PARTE DE PAGO DEPARTAMENTO O LOCAL EN CABA...CONSULTE!!!

EXCELENTE TERRENO EN VENTA SOBRE LA AVENIDA OLIVERA Y BILBAO...PARQUE AVELLANEDA....CABA.....EN EL TERRENO HAY UNA PROPIEDAD CON 2 LOCALES COMERCIALES A DEMOLER O REFACCIONAR.

EL TERRENO SE ENCUENTRA A UNAS 3 CUADRAS DE LA AV EVA PERÓN Y A 3 CUADRAS DE LA AV DIRECTORIO...EN LA ESQUINA HAY UNA PARADA DE COLECTIVOS...LINEAS 7 - 107 Y 46.

LA SUPERFICIE DEL TERRENO ES IRREGULAR...12 METROS DE FRENTE...UN LADO DE 17,45 Y EL OTRO DE 15,55 Y DE FONDO 12,25 MTS.

Edificabilidad:

Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B 1)
La edificabilidad máxima se corresponde con una Altura Máxima de nueve metros (9m) con una altura de
Planta Baja mínima de dos metros con sesenta centímetros (2,60m), la cual no podrá tener una cota
inferior a cero en los primeros ocho metros (8m) de fondo contados desde la L.O. con excepción de
rampas vehiculares y escaleras. El área edificable se encuentra limitada por L.O. y la L.I.B. En parcelas
de esquina está definido por la L.O.E. En los casos de retiros obligatorios, estará definido por la L.E. Se
puede edificar subsuelo según el artículo 6.6 del presente Código

La parcela en estudio es Área de Baja Mixtura de Usos del Suelo 1

Corresponde a áreas predominantemente residenciales con comercios minoristas y servicios
personales de baja afluencia. Los usos que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de
Usos del Suelo N° 3.3, de la Ley 6361. En el mismo se referencia si el rubro está permitido en
el área de mixtura, la superficie máxima por unidad de uso, si requiere consulta al Consejo "C".
Asimismo, se indican los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de
Carga y descarga. Las actividades productivas e industriales se encuentran permitidas en todo
el tejido de la Ciudad. Éstas deben dar cumplimiento al Cuadro de Usos del Suelo Industrial
3.11.2, y al Anexo del Decreto N°86/19, reglamentación de la Ley N°2216, en donde se incorporan
los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga.
Para la localización de actividades productivas e industriales se deberá consultar al organismo
competente a través de una Consulta de Usos.

Perfil edificable según Código Urbanístico:

En las parcelas de menos de 22 metros no existe la obligación de retirarse. Es decir, se puede edificar
toda la parcela, pero si se quiere iluminar y ventilar se debe cumplir con
lo estipulado por el Código Urbanístico sobre espacio urbano y dejar un espacio de 3m.
Parcela en Manzana Atípica por lo tanto tiene normativas vigentes

TOTAL, DE SUPERFICIE CONSTRUIBLE ESTIMADA: 616.83 m2
TOTAL, DE SUPERFICIE VENDIBLE ESTIMADA: 466.83 m2

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